La Academia de la Magistratura órgano creado por el artículo 151 de la Constitución Política del Perú hace de conocimiento a la comunidad jurídica nacional y de la ciudadanía en general que de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura – Ley 26335; el Consejo Directivo está formado por siete integrantes, uno de ellos designado por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados de la República.
En días consecutivos, ha recibido dos oficios emitidos por (02) dos presidentes distintos de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú. El primero de ellos, retirando la confianza al representante del gremio, juramentado el 22 de junio de 2023 para ejercer un mandato de dos años, y solicitando la juramentación inmediata de un nuevo representante. El segundo oficio, ratificando la confianza al señor representante de la Junta de Decanos de los Colegios de abogados del Perú.
Así pues, la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú la JUDECAP se encontraría faccionada en dos agrupaciones, cada una con un Presidente, generando controversia respecto a la permanencia y legitimidad del Consejero representante de dicha entidad ante la AMAG, lo cual se complica al tratarse de una persona jurídica no inscrita en Registros Públicos ni poseedora de Registro Único de Contribuyentes que permita corroborar la vigencia o legitimidad de la representación que cada remitente gremial profiere; no obstante, la Academia de la Magistratura no es la entidad constitucionalmente competente para reconocer o declarar la vigencia, legitimidad y validez de tal representación.
Así pues, mientras tal situación no se determine definitivamente y se presente ante esta entidad resolución judicial imperativa que zanje este conflicto jurídico; el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura ha decidido por unanimidad suspender la representación de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú ante el Consejo Directivo de la AMAG hasta que se resuelva la controversia sobre la representación de los Colegios de Abogados de la República.
Asimismo, la AMAG exhorta a todos y cada uno de los 34 decanos de los Colegios de Abogados de la República a dejar los intereses particulares, a pensar en sus agremiados y en la Nación, como les corresponde como ciudadanos de bien; en estos tiempos en que la justicia peruana requiere que todos los que somos leales al Estado Constitucional de Derechos y estamos convencidos que solo la estricta integridad y ética de la persona humana puede generar bienestar, legitimación social y confianza pública, nos unamos para defender la total y plena independencia y autonomía de quienes deben decidir los procesos judiciales. Porque si la justicia es sometida a cualquier poder y presión, venga de donde sea, no solo se genera inseguridad jurídica, sino que además se configura una amenaza cierta que pone en peligro los Derechos Fundamentales de todos los peruanos.
Lima, setiembre de 2024
Presidencia de la Academia de la Magistratura